Habrá sanciones para escuelas que pidan la compra de uniformes

La “Estrategia de Desmercantilización del Servicio Educativo” es un instrumento jurídico de conocimiento y acción legal que garantiza la transparencia y la rendición de cuentas de las cuotas escolares voluntarias





La Secretaría de Educación Pública del Estado (SEPE) y la Unidad de Servicios Educativos de Tlaxcala (USET) giraron la circular número DEB SEPE-USET/076/2021-2022, dirigida a directores de Educación Básica y Media Superior, para informar las acciones que implementará la autoridad educativa local en el ciclo escolar 2022-2023, derivado de la “Estrategia de Desmercantilización del Servicio Educativo en el Estado de Tlaxcala”.
La acción número uno establece:

“Eliminar puntos de venta de uniformes”, lo anterior de conformidad al acuerdo que establece el uso de uniforme único para las y los estudiantes de instituciones públicas de educación básica y media superior del estado, publicado el 14 de julio de 2022 en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado; y en atención a los artículos 49, 52, 75 y/o 78 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se recuerda que la inducción a la compra y/o adquisición de uniformes como autoridad escolar y/o docente puede incurrir en sanción administrativa de conformidad con la ley en referencia.
Número dos: “Instrumento jurídico de conocimiento y acción legal, para garantizar la transparencia, y rendición de cuentas de las cuotas escolares voluntarias”, indica que en respuesta a las denuncias públicas por presuntos malos manejos de cuotas escolares voluntarias acordadas por padres y madres de familia, se propone que las asambleas escolares y comités de padres de familia firmen de manera voluntaria el Instrumento jurídico de conocimiento y acción legal, para garantizar la transparencia y rendición de cuentas de las cuotas escolares voluntarias.
La acción añade que el propósito es incentivar la participación de los padres, madres y/o tutores de familia en la mejora y funcionamiento de la escuela, siempre que sea voluntaria y no necesariamente económica, es decir, a través de jornadas de apoyo a la escuela, pero en caso de que sea económica, se compromete a la asamblea escolar a dar certeza y rendición de cuentas y transparencia entre los particulares que firmen el instrumento.

La tercera acción va enfocada a “Eliminar puntos de venta de libros en Educación Media Superior (EMS)”, bajo el argumento de que los libros son herramientas didácticas, la petición de éstos en las aulas es una facultad del docente titular de la asignatura y/o acordada por la academia de la institución de que se trate.
En la petición de libros a los estudiantes se debe señalar título de libro, autor, año de edición, editorial; pero de conformidad con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, señalada en el punto uno de este documento, de ninguna manera se puede orientar o intervenir total o parcialmente en la venta de libros a los estudiantes, más grave resultaría que se comercialicen al interior de las instituciones de EMD y se consienta por las autoridades del plantel.
La cuarta acción establece: “Eliminar requisito de laboratorios clínicos y/o certificados de salud, vía servicios particulares”, si bien es cierto que, al sector educativo le debe ocupar la salud de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes (NNAJ) también es verdad que la orientación para que las madres, padres y tutores nunca deba ser para que recurran a instituciones privadas y que implique un costo económico a las familias.
En todo esto se debe orientar para que se acuda a instituciones públicas y gratuitas, cómo acudir a las 11 Unidades de Bienestar para Tu Salud en las que se puede tramitar, de manera gratuita, el certificado médico con solo presentar la tarjeta que los acredita como usuarios, el cual es válido como documento oficial para procesos de inscripción en instituciones educativas públicas.
El documento fue girado a las instituciones públicas del estado de educación básica y media superior, para su conocimiento y atención del mismo.

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