Determina Congreso no ratificar en el cargo a dos magistrados del TSJE




Integrantes del Pleno de la LXIII Legislatura del Congreso del Estado, determinaron no ratificar en el cargo de magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), a Elsa Cordero Martínez y Mario Antonio de Jesús Jiménez Martínez.

Durante la plenaria efectuada este jueves, los Legisladores aprobaron por mayoría de votos dicha determinación, pues ambos juristas cumplieron un periodo de ratificación, es decir, fungieron 12 años en el cargo de magistrados.

En el caso de la magistrada Elsa Cordero Martínez, los Congresistas determinaron por mayoría de votos su no ratificación y el otorgamiento de un haber de retiro por un término improrrogable de seis años, tomando como parámetro el salario, bonos, aguinaldo, servicio médico integral y prestaciones que percibe.

El haber de retiro que avalaron los Diputados Locales es del 90 por ciento durante el primer año, de las remuneraciones y prestaciones que recibía; el segundo año le será pagado el 80 por ciento; el tercer año le será pagado el 70 ciento; el cuarto año será lo correspondiente al 60 por ciento de la remuneración y, el quinto y sexto año será pagado el 50 por ciento de la remuneración y prestaciones que percibía.

En lo que corresponde a la situación jurídica del magistrado Mario Antonio de Jesús Jiménez, los Legisladores presentaron dos dictámenes: uno de mayoría y uno de minoría, en el que por un lado se buscaba su no ratificación y por el otro se pretendía hacer valer la inamovilidad judicial.

Sin embargo, por mayoría de votos, los legisladores determinaron aprobaron la no ratificación en el cargo, al considerar que la inamovilidad en el cargo no se puede entender como una permanencia vitalicia.

En este sentido, el Pleno del Congreso se reservó pronunciarse en lo que corresponde a su haber de retiro, debido a que esta se debe de analizar previa solicitud del magistrado, quien el próximo 3 de marzo ya cumple 12 años en el cargo.

Publicar un comentario

Artículo Anterior Artículo Siguiente