Madres ya no tendrán preferencia en custodia de hijos

La Suprema Corte declaró inconstitucional la preferencia a que madres tengan la custodia de los hijos tras el divorcio


Fue declarado inconstitucional el hecho que las madres tengan preferencia en la custodia tras el divorcio en los que no hay convenio sobre quién deberá hacerse cargo de los hijos, así lo anunció la Suprema Corte de Justicia el día de ayer.

El falló se dio contra el artículo 282 del Código Civil de la Ciudad de México, el cual otorga de forma predeterminada la custodia de los niños a las mujeres, al igual que los códigos civiles en el resto del país.

La única excepción sobre la preferencia en la custodia se da cuando existe violencia intrafamiliar generada por parte de la mujer. En el caso de la Ciudad de México, la custodia se da automáticamente cuando los hijos son menores de 12 años.

Determinaron en un amparo concedido a un padre que busca tener la custodia de su hija de tres años de edad desde 2018.

Ya anteriormente en 2017 la Primera Sala de la Corte sus intenciones de que los jueces decidieran caso por caso a quién se le otorgaría la custodia.

Sin embaro no se había declarado inconstitucional el hecho de que se prefiera a las mujeres.

No existe un tipo ideal de padres y madres, sino que es preciso sopesar si las conductas desempeñadas por los progenitores –que siempre constituyen un ejemplo, ya sea positivo o negativo y que necesariamente marcan la personalidad de los niños y niñas– son susceptibles de actualizar un riesgo probable y fundado en los niños y niñas

Publicar un comentario

Artículo Anterior Artículo Siguiente