🏳️‍🌈 Comunidad LGBT+ se puede CASAR y hasta cambiarse de GÉNERO en Tlaxcala

Integrantes de la LXIII Legislatura del Congreso del Estado de Tlaxcala, han concretado reformas importantes y trascendentes en beneficio de la comunidad LGBTTTQI+.




Entre los trabajos que destacan de la LXIII Legislatura se encuentra la aprobación del matrimonio civil entre personas del mismo sexo, y la posibilidad que tienen quienes decidan cambiar de nombre e identidad de género, de tramitar una nueva acta de nacimiento.


El pasado 8 de diciembre de 2020, integrantes de la LXIII Legislatura del Congreso del Estado de Tlaxcala, aprobaron por mayorĂ­a de votos, reformas al CĂłdigo Civil local para autorizar el matrimonio entre personas del mismo sexo.


Con ello, se garantiza a las personas el acceso a beneficios fiscales, de solidaridad, por causa de muerte de uno de los cónyuges; de propiedad; en la toma subrogada de decisiones médicas; y migratorios para los cónyuges extranjeros, beneficios materiales que las leyes adscriben a la institución.


Por lo anterior, el CĂłdigo Civil de Tlaxcala establece en su artĂ­culo 42 que el matrimonio es la uniĂłn de dos personas con su pleno consentimiento, que tiene como objeto realizar la comunidad de vida en donde ambas personas se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua.


Por otro lado, el 1 de octubre de 2019, los Legisladores Locales aprobaron una reforma en la que garantizan a las personas que así lo deseen, la posibilidad de tramitar una nueva acta de nacimiento, mediante un procedimiento administrativo para cambiar su nombre y género conforme a su identidad auto-percibida.


Esta disposiciĂłn legal establece que no serĂĄ requisito acreditar intervenciĂłn quirĂșrgica alguna, terapias u otro diagnĂłstico y/o procedimiento para el reconocimiento de la identidad de gĂ©nero.


Para realizar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de identidad de género, la persona interesada deberå tener al menos 18 años de edad cumplidos al momento de iniciar el tråmite y presentar solicitud por escrito, en la que especifique el género y nombre que solicita, sin afectar los apellidos; copia certificada del acta de nacimiento primigenia para efecto de que se haga la reserva correspondiente; y, original y copia fotoståtica de su identificación oficial.


Por lo anterior, es una realidad que la LXIII Legislatura de Tlaxcala, ha legislado a fin de recocer los derechos fundamentales de las personas de la comunidad de la diversidad sexual, principalmente, bajo los principios de igualdad y de no discriminaciĂłn.


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