Congreso concreta reformas a la Ley Municipal; se garantiza la paridad de género en cargos de primer nivel

· La reforma impide el uso de colores partidistas en imágenes institucionales y se robustecen las obligaciones de los regidores.




Con las reformas aprobadas por integrantes de la LXIII Legislatura a la Ley Municipal para el Estado de Tlaxcala, los ayuntamientos deberán garantizar el desarrollo profesional y laboral de las mujeres para desempeñar cargos de primer nivel, y no utilizarán en su imagen institucional elementos que estén relacionados con partidos políticos.


Las adecuaciones a la norma administrativa también están encaminadas a combatir el nepotismo, a robustecer las obligaciones de los regidores, a establecer requisitos generales mínimos para ingresar como empleado de la administración municipal, y especificar los requisitos que deberán cumplir quienes aspiren a ser nombrados como secretarios del ayuntamiento y directores de seguridad.


Después de ser publicado el Decreto en el Periódico Oficial, las próximas administraciones municipales deberán garantizar la paridad de género en un 50 por ciento en la designación de directores, coordinadores y jefaturas.


De la misma manera, los ayuntamientos ya no podrán utilizar en su imagen institucional ningún contenido que promueva a algún partido político y deberán respetar la toponimia que identifica a cada municipio, así como los colores y el significado del mismo; para ello deberán ajustarse exclusivamente a los tonos establecidos por el INAH en su paleta de colores.


En ese sentido, los ayuntamientos ya no podrán utilizar en los documentos e informes oficiales, vehículos, edificios, uniformes del personal, páginas web oficiales, símbolos o lemas, ningún color que se relacionen con algún partido o asociación política o religiosa.


Respecto de las atribuciones de los regidores, éstos deberán presentar un programa operativo anual que deberá ser aprobado por el cabildo, tendrán que presentar un informe semestral de sus actividades de gestión y el estado que guarden los asuntos de cada comisión que se le hubiese conferido, y deberán visitar, cuando menos una vez cada 30 días, las colonias, barrios, delegaciones, fraccionamientos, ejidos y comunidades, para conocer los problemas sociales e intentar solucionarlos.


Con estas modificaciones, los ayuntamientos también deberán integrar la Comisión de Asuntos migratorios que se encargará, entre otras cosas, de proponer estrategias y líneas de acción encaminados a atender el fenómeno migratorio en el ámbito municipal.


Por cuanto hace a los requisitos para formar parte de las administraciones municipales, las personas deberán contar con el perfil idóneo para el área respectiva y no deberán estar inhabilitados para desempeñar un empleo, cargo o comisión por el Órgano Interno de Control Municipal.


Las adecuaciones para ser secretarios de ayuntamiento, exigen experiencia en administración pública y preferentemente contar con Título Profesional legalmente expedido en materias a fines; mientras que para la dirección de Seguridad Pública Municipal se necesita, entre otras cosas, cursar y aprobar la capacitación de inducción o su similar en la Secretaria de Seguridad Ciudadana o, en su caso, acreditarla ante ésta.







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