Aprueba ITE medidas cautelares por probables actos anticipados de precampaña de Dulce Silva



El Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) aprobó este jueves ordenar a la ciudadana Dulce María Silva Hernández que retire dos publicaciones de su cuenta en Facebook, como medida cautelare por probables actos anticipados de precampaña en sus aspiraciones a la candidatura al Gobierno del Estado por el Partido Morena.

La Comisión de Quejas y Denuncias del ITE determinó además iniciar un Procedimiento Especial Sancionador (PES) en contra de Silva Hernández, así como del partido político Morena para resolver sobre presuntas infracciones señaladas por un ciudadano que la acusa de un despliegue anticipado de actos de promoción para posicionarse como candidata a la gubernatura.

El denunciante afirma que Silva Hernández emprendió actos encaminados a posicionar su imagen con fines electorales antes del inicio del Proceso Electoral, a través de redes sociales, medios impresos, entrevistas, reuniones y espectaculares, entre otros.

Al revisar diversas publicaciones en redes sociales, aportadas por el denunciante, la Comisión de Quejas y Denuncias del ITE consideró que, sin prejuzgar sobre el fondo del asunto, dos reúnen elementos característicos y propios de posibles actos anticipados de precampaña en el proceso electoral y sobre ellos ordenó la medida cautelar.

La Resolución establece que las publicaciones buscan posicionar el nombre e imagen de Silva Hernández como aspirante a la precandidatura y en su caso candidatura a Gobernadora de Tlaxcala en el proceso electoral 2020-2021.

También se ordenará retirar la reproducción de uno de los contenidos alojado en la plataforma del medio digital denominado “El Pregonero”.

La Resolución descarta otras 12 publicaciones porque no contienen elementos que pudieran considerarse como actos anticipados de precampaña, y por tanto no se advierte la urgencia o peligro en la demora que justifiquen ordenar su eliminación de la dirección de internet donde se ubican.

Silva Hernández deberá retirar las publicaciones en un término no mayor a 24 horas, a partir de que le sea notificado el Acuerdo, así como informar sobre el cumplimiento de las mismas en 24 horas siguientes al vencimiento del primer término.

El Consejero Juan Carlos Minor Márquez, Presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias, subrayó que en este caso, como en todos, el ITE ha actuado conforme al principio de objetividad de la función electoral.

Enfatizó que si bien esta autoridad tienen una facultad oficiosa, ésta no debe entenderse como una facultad discrecional que puede ser ejercida a través de parámetros subjetivos. Subrayó que ese órgano inicia procedimientos oficiosos cuando se les hacen llegar elementos que evidencian una posible transgresión de la norma.

La Consejera Presidenta, Elizabeth Piedras Martínez, añadió que los partidos políticos son corresponsables de garantizar el respeto a la ley para no violentar los tiempos estipulados para las precampañas y campañas.

La Comisión de Quejas y Denuncias, a través de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, sustanciará el Procedimiento Especial Sancionador iniciado respecto del fondo de este asunto, que remitirá al Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET).



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