Quieren prohibir definitivamente vender "frituras y chatarra" en escuelas de Tlaxcala

Las bebidas y alimentos de alto contenido calórico señalados, serán aquellos que excedan los límites máximos de azúcares.




Bajo el argumento de que la obesidad es una enfermedad que está atacando la salud de los estudiantes, el diputado Victor Castro López, propuso una iniciativa con proyecto de decreto para prohibir la venta de alimentos chatarras en instituciones educativas.

En sesión ordinaria el morenista dio lectura a un documento para proponer el artículo 50 Bis que se integraría al Capítulo denominado "Derecho a la Protección de la Salud y a la Seguridad Social”, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Tlaxcala.

El tambien presidente de la Comisión de Salud, explicó que el Artículo 50 Bis se refiere a la sana alimentación de niñas, niños y adolescentes; de ésta manera se propone prohibir la distribución, venta, suministro o regalo de bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico en instituciones educativas públicas y privadas de educación básica.

Además se niega la colocación de distribuidores automáticos o máquinas expendedoras para la venta, distribución o exhibición de cualquiera de esos productos en instituciones educativas públicas y privadas de educación básica.

Las bebidas y alimentos de alto contenido calórico señalados, serán aquellos que excedan los límites máximos de azúcares, grasas saturadas, grasas trans y sodio añadidos, conforme a la Norma Oficial Mexicana correspondiente.

La venta y distribución de alimentos y bebidas en las instituciones educativas públicas y privadas de educación básica deberán atender lo establecido en la Ley General de Educación y los lineamientos de la distribución de los alimentos y bebidas preparados y procesados, que la autoridad federal publique para tal efecto.

La aplicación, vigilancia y cumplimiento de esta disposición estará a cargo de la Secretaría de Educación del Estado, quien deberá coordinarse con las autoridades e instancias correspondientes.

Las madres, padres o tutores legales, se exentan de estas prohibiciones, quedando bajo su responsabilidad el consumo de estos productos por los menores de edad.

Las infracciones a lo establecido en el presente artículo se sancionarán en términos de la presente Ley, y en lo no previsto, conforme a la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Tlaxcala y sus Municipios.

La propuesta fue turnada a las comisiones correspondientes para su análisis y su posible aprobación.


Con información de e-tlaxcala

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